Inscripción de Proveedores

Inscripción de proveedores

Los proveedores actuales de CHIP deben completar la inscripción en TMHP antes del 31 de diciembre de 2017 para continuar recibiendo el reembolso por los servicios.

Nota: La Comisión de Salud y Servicios Humanos (HHSC) ha solicitado que TMHP publique la siguiente información:

Las leyes y reglamentaciones federales requieren que los estados examinen e inscriban a todos los proveedores de la red, incluidos los proveedores del Programa de seguro médico para niños (CHIP) antes de 31 de diciembre de 2017. Para cumplir con este requisito y continuar recibiendo reembolsos por La organización de atención medica (MCO) debe completar la inscripción en Texas Medicaid y Healthcare Partnership (TMHP) antes del 31 de diciembre de 2017.

Mientras el proceso de inscripción y la solicitud son los mismos para los proveedores de solo CHIP no están obligados a participar en Texas Medicaid. Los proveedores exclusivos de CHIP deben seguir las instrucciones a continuación para indicar que tienen la intención de brindar servicios solo a los miembros de CHIP y para asegurarse de que no aparezcan en la búsqueda de proveedores en línea de Medicaid (OPL)

Información de inscripción especifica para proveedores de CHIP.

A partir del 1 de julio de 2017, los proveedores pueden indicar en la solicitud de inscripción que tienen la intención de atender solo a los miembros de CHIP. Los proveedores deben documentar esto adecuadamente para asegurarse de que no se muestren como proveedores de Medicaid en OPL. Se recomienda a los proveedores de CHIP que se inscriban mediante la inscripción de proveedores en el portal (PEP). Además, el Sistema de gestión de información para proveedores (PIMS) se actualizará con opciones para que los proveedores indiquen que tienen la intención de atender solo a los miembros de CHIP.

Los proveedores deben comenzar el proceso de inscripción lo antes posible. La actualización de PIMS permitirá a los proveedores que inicien el proceso de inscripción antes de que se produzcan estas actualizaciones, designarse a si mismos como proveedores exclusivos de CHIP en la OPL después de inscribirse.

Para obtener más información, los proveedores deben visitar la próxima pagina web de CHIP que se agregara a TMHP.com en las próximas semanas.

Para obtener más información, llame al Centro de contacto de TMHP al 1-800-925-9126.

Requisito de inscripción de proveedor de pedido/ remisión de Medicaid


El reglamento federal 42 CFR 455.410 indica que una agencia estatal de Medicaid debe exigir que todos los médicos que solicitan, derivan o recetan u otros profesionales que brindan servicios bajo el plan estatal se inscriban como proveedores participantes.

Para los proveedores cuya única relación con Texas Medicaid es solicitar o derivar servicios para clientes de Texas Medicaid, TMHP ha desarrollado una solicitud de inscripción abreviada titulada “Solicitud de inscripción de proveedores de Texas Medicaid para solicitar y referir solo proveedores”. Esta solicitud abreviada permite que los proveedores se inscriban como proveedores que solicitan o remiten sin participar como proveedores de prestación o facturación dentro del programa estatal de Medicaid.

Los clientes de Medicaid que intenten obtener medicamentos recetados con una receta de un proveedor no inscrito no podrán obtener sus medicamentos recetados a partir del 16 de octubre de 2017.

Importante: Las reclamaciones por artículos o servicios pedidos, referidos o recetados por pasantes o residentes pueden incluir el NPI de un medico supervisor.

Nota: Los proveedores individuales inscritos en Medicaid como proveedores de prestación o facturación pueden usar su NPI existente para pedidos, referencias y recetas. Los proveedores no necesitan enviar la solicitud abreviada adicional. Los Proveedores individuales empleados por una instalación, organización, centro de salud calificado federalmente (FQHC) o clínica de salud rural (RHC) que este inscrito en Medicaid deberán completar la solicitud abreviada para ordenar, referir o recetar servicios para sus clientes.

Nota: esta edición de reclamos no se aplica a los reclamos cruzados de Medicare. Los proveedores que soliciten, deriven o receten servicio cubiertos por Medicare para clientes con doble elegibilidad no necesitaran inscribirse en Medicaid. Sin embargo, solo los servicios de Medicaid ordenados, referidos o recetados requerirán que el proveedor que los solicite este inscrito en Medicaid.

Se esta desarrollando un documento de Preguntas frecuentes (FAQ) para proveedores de pedidos/ referencias que estará disponible en el sitio web de TMHP en un futuro próximo.

Para obtener más información, llame al Centro de contacto de TMHP al 1-800-925-9126 o al Centro de contacto del programa de servicios de TMHP-CSHCN al 1-8020-568-2413.

Si tiene alguna pregunta, comuníquese con nuestro Equipo de relaciones con proveedores al 915-532-3778 de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.